El conflicto de los taxis y los Uber

Los Uber no tendrán que volver a su base de Jerez si no tienen contrato

  • La Policía Local rectifica ese aspecto difundiendo un protocolo que sustituye a la orden de finales de julio

  • Un oficial especializado de Marbella aclarará a los agentes sobre cómo deben actuar frente a las VTC

Un usuario consulta la aplicación de Uber delante de un taxi.

Un usuario consulta la aplicación de Uber delante de un taxi. / M. G.

A finales de julio, la Jefatura de la Policía Local de Cádiz emitía una polémica orden a sus agentes sobre cómo actuar frente a los Vehículos de Transporte con Conductor (VTC) en la que se establecía que los coches que no contasen con un contrato en vigor para la realización de un servicio debían circular "siempre" en dirección hacia afuera de la capital gaditana. Los vehículos de Uber tienen su base en Jerez y, por tanto, se consideraba que debían regresar a ella si no estaban prestando un servicio, ya que se entendía que podían estar captando clientes en la calle.

La orden indignó a la patronal Unauto VTC, que engloba al 90% de estas empresas en España. La organización empresarial argumentó que se trataba de una medida que "va en contra del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT)" y anunció que estudiaría acciones legales contra el Ayuntamiento de Cádiz. "La obligación de volver a la base de operaciones fue eliminada del Reglamento en virtud de la Sentencia del Tribunal Supremo 14/2/2012", afirmaban.

Nueve días después, la Jefatura de la Policía Local ha difundido entre sus agentes un nuevo protocolo -al que ha tenido acceso Diario de Cádiz- que sustituye a la orden anterior y rectifica en este aspecto, no explícitamente, pero sí por omisión: los vehículos de Uber no estarán obligados circular hacia afuera de la ciudad en caso de que no dispongan de contrato.

Lo primero que deja claro el protocolo es que los VTC sí pueden ejercer la recogida de viajeros en cualquier punto del territorio nacional, siempre que dispongan de un contrato debidamente cumplimentado previamente a que se inicie el servicio y respetando la regla de no prestar más del 20% de sus servicios fuera de su comunidad autónoma, en cómputo trimestral. Por lo tanto, sólo podrán circular con pasajeros a bordo si previamente han sido contratados. Pueden ser varios, pero el contrato siempre irá a nombre de uno. No se pueden compartir.

Tienen prohibido captar viajeros circulando y  estacionados

En el apartado 3 sobre las "condiciones para el desarrollo de la actividad de los vehículos con autorización VTC" se establece la "prohibición de captar viajeros sin contrato".´Y se recuerda que estos vehículos "no podrán, en ningún caso, circular por las vías públicas en busca de clientes ni propiciar la captación de viajeros que no hubiesen contratado previamente el servicio permaneciendo estacionados a tal efecto".

Y se explica: "Se trata de una reforma introducida en el ROTT en noviembre de 2015, ya que, como se ha explicado, el Tribunal Supremo en sentencia de 14 de febrero de 2012 anuló la obligación de disponer de un local abierto al público para el desarrollo de la actividad de la contratación previa. En consecuencia, también desapareció la disposición que establecía que los vehículos adscritos a las autorizaciones VTC no podrán abandonar el lugar en que habitualmente se encuentren guardados o estacionados sin llevar a bordo la hoja de ruta debidamente cumplimentada, salvo que se acredite que su desplazamiento tiene como causa la realización de operaciones de revisión, reparación o mantenimiento del vehículo, lo que obligaba a celebrar el contrato en los locales de la empresa".

De esta manera, el nuevo protocolo viene a dar la razón a Unauto VTC, que precisamente esgrimió esa sentencia para considerar que la primera orden no se ajustaba a la ley.

No pueden aparcar a menos de 100 metros de paradas y lugares de gran afluencia

Respecto a lo que se considera captación de viajeros -que es principal punto de conflicto con los taxistas- se informa a los agentes de que "únicamente existe interpretación por parte de la Subdirección General de Inspección del Transporte Terrestre, el 26 de abril de 2016, para el supuesto en que un vehículo VTC permanezca estacionado en un sitio de concentración y generación de demanda de servicios de transporte de viajeros como pueden ser aeropuertos, puertos, estaciones de ferrocarril, hoteles, puntos de paradas de taxis, zonas de eventos de importancia con concurrencia pública o cualquier centro comercial, en eso que considera que dará lugar a captación de viajeros. Por lo que, no se podrá estar estacionado a una distancia prudencial de dichos lugares".

En este punto, el protocolo recuerda que la prohibición de tomar viajeros a una determinada distancia de los puntos de parada establecidos, en el caso de Cádiz es de 100 metros, según se establece en el Reglamento Andaluz del Taxi y en las Ordenanzas Municipales.

El protocolo recomienda "intentar causar el menor perjuicio posible al pasajero en relación al tiempo que dure la inspección", ya que no tiene responsabilidad ninguna relacionada con el transporte.

El resto de los requisitos se mantiene, básicamente, como en la anterior orden.

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